Blanqueo de capitales y paquete fiscal junto a Guillermo Perez de GNP

YPF: Puede ir a buscar los USD 24, pero tiene posibles frenos en el medio. Si la tengo en cartera sería conveniente conservarla, hay que ver la reacción inicial del balance. En relación al balance, la compañía reportó una ganancia neta de USD 535 millones, superando USD 380 millones obtenidos en el mismo período del año anterior. Esta cifra representa un incremento de 41% en comparación interanual. El EBITDA alcanzó USD 1.204 millones, frente a USD 1.005 millones del año pasado. El BPA informado fue de 0,90 millones frente a 0,697 lo estimado, es decir +29,2%; e ingresos de 4,557 millones frente a 4,517 millones (+0,90%).

 

Charla sobre paquete fiscal con Guillermo Pérez del Grupo GNP:

 

Solo se puede blanquear dinero en efectivo hasta el 30/09. Se pueden rectificar declaraciones juradas pasadas que están mal presentadas en el pasado y hasta diciembre se bonifica el 100% de las multas.

 

RIBP: ¿Qué es? Pagar 5 años de BB. PP. de una sola vez a una tasa establecida de 0,45% por año (DD. JJ. de 2023 * 5 * 0,45)

La declaración jurada de Ganancias y BB. PP. debe estar presentada en forma (vence el 26/08 pero podría extenderse a septiembre), debido a que se va a usar como base para calcular RIBP. Tener esto presentado en tiempo y forma va a determinar la conveniencia o no de ingresar al blanqueo y la posibilidad de estabilidad fiscal hasta el 2038.

 

Planificación fiscal familiar: Si se adhiere al RIBP a algún hijo, el patrimonio de este también queda exento del pago de impuestos a BB. PP. por 4 años (podría recibir una herencia más adelante y contar con este beneficio).

 

    1. PP.: Se unifican y bajan las tasas a pagar tanto para los bienes locales como para aquellos que están en el exterior. 

 

Blanqueo: Estimaciones  podrían subir los encajes bancarios aproximadamente 7 mil millones. En caso de que el blanqueo sea exitoso podría bajar la brecha dólar oficial vs dólares financieros.

 

La brecha MEP/CCL sigue en niveles mínimos, influyendo en esto tanto la entrada de dinero por motivo del blanqueo como la intervención del BCRA.

 

¿Quiénes pueden blanquear? 

Personas humanas, personas jurídicas y sucesiones

indivisas (herencias que aún no se han dividido entre

los herederos) considerados, para el impuesto a las

ganancias, como residentes fiscales argentinos al

31/12/2023.

 

Personas humanas que fueron residentes fiscales

en Argentina antes del 31/12/2023 y que, a dicha

fecha, hubieran perdido tal condición. En estos casos se

considerará que adquirieron nuevamente la residencia

fiscal argentina a partir del 01/01/2024



El pago de la alícuota se hace en dólares con tarjeta de crédito a $1000 como específica la norma. 

Etapas de adhesión y periodos para la manifestación de la adhesión.

 

Aquel que adhiere al 30  septiembre, la alícuota aplicable es de 5% aprovechar esta tasa, ya que en caso de entrar en  diferentes etapas, siempre se va a pagar la alícuota más cara por el total del dinero blanqueado.

 

Si se blanquea, se debe hacer todo en una sola etapa, ya que la alícuota a determinar al pagar en diferentes etapas siempre va a ser la más cara. Es decir, si adhiero USD 500 millones en la etapa 1 voy a pagar 5% de alícuota, si adhiero otros USD 500 en la etapa 3, voy a pagar 15%, pero no solo de USD 500 de la etapa 3 sino de la sumatoria del dinero blanqueado, en este caso por USD 1 millón, se perdió el beneficios de adhesión temprana.

 

Los bancos no se pueden negar a abrir  una cuenta especial para blanqueo (CERA), esto no quita que van a respetar los procedimientos en términos de PLAyFT.

 

Diferencia sustancial con el blanqueo de capitales anterior en la era Macri, hoy se puede elegir en qué activos invertir, comprando y vendiendo de acuerdo a la conveniencia del contribuyente.

 

Estrategia: 

Hoy se puede hacer tasa por ejemplo en ON de 7% al 9% en USD. Esto hace que el 5% que pague de alícuota se recupere en un plazo de 1 año.

También con Bonos del tesoro de EE.UU. que rinden aproximadamente el 5%

Moratoria: es importante porque permite regularizar deudas impagas al 31/3/2024, incluyendo el impuesto a la riqueza. Si no lo pagas, ganas la brecha. También se pueden rectificar DD. JJ. del pasado, esto tiene como ventaja los beneficios de hasta el 70% en la reducción de los intereses, pero para esto la adhesión es a los 30 días corridos desde el 17 de julio. Después tienes tiempo hasta diciembre, pero la reducción cae 10% cada 30 días. Independientemente del mes, todas las multas quedan eximidas.